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LA STPS PUBLICA LAS DISPOSICIONES PARA EL REGISTRO DE QUIENES  PRESTEN SERVICIOS ESPECIALIZADOS O EJECUTEN OBRAS ESPECIALIZADAS.

LA STPS PUBLICA LAS DISPOSICIONES PARA EL REGISTRO DE QUIENES PRESTEN SERVICIOS ESPECIALIZADOS O EJECUTEN OBRAS ESPECIALIZADAS.

El 24 de mayo de 2021 la Secretaría del Trabajo y Previsión social publica en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la ley federal del trabajo en el que señala:

1.- El procedimiento para el registro.

2.- Especifica quiénes son las partes involucradas.

3.- Establece que  plataforma informática en la cual se inscribirán las personas físicas y morales que deseen obtener el registro estará a cargo de la Secretaría del trabajo y Previsión Social.

4.- Los requisitos para registrarse en el padrón.      

5.- La obligatoriedad de estar al corriente con las  obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.

6.-   Específica que se debe de  establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar.

7.- Describe los documentos obligatorios a ingresar en la plataforma para obtener el registro.

El acuerdo referido entra en vigor el 25 de mayo de 2021.

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